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Convención sobre armas biológicas
Convención sobre Armas Biológicas | ||||
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Países participantes en la BWC
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Firmado | Moscú · Londres · Washington | |||
Sellado | 10 de abril de 1972 | |||
En vigor | 26 de marzo de 1975 | |||
Condición | Ratificación por 22 estados, incluyendo los tres depositarios | |||
Firmantes | 109 | |||
Partes | 183 lista | |||
Depositario | Federación de Rusia · UK · US | |||
Idiomas | ruso · chino · inglés · francés · español | |||
Sitio web | https://www.un.org/disarmament/biological-weapons/ | |||
Texto completo en Wikisource | ||||
La Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre su destrucción (generalmente conocida como la Convención sobre Armas Biológicas, abreviatura: BWC, o convención de armas biológicas y toxínicas, abreviatura: CABT) fue el primer tratado de desarme multilateral que prohibía la producción de una categoría completa de armas. Fue el resultado de prolongados esfuerzos de la comunidad internacional para establecer un nuevo instrumento que complementara al Protocolo de Ginebra de 1925.
La BWC fue puesta para su firma el 10 de abril de 1972 y entró en vigencia el 26 de marzo de 1975 cuando veintidós gobiernos depositaron su documentación de ratificación. Actualmente comprende 180 estados y prohíbe el desarrollo, producción, y almacenamiento de armas biológicas y toxinas. Sin embargo, al no existir ningún proceso de verificación formal para observar el cumplimiento, ha limitado la efectividad de la Convención. (Nota: A julio de 2008, otros 13 Estados adicionales han firmado la BWC aunque todavía no la han ratificado).
El alcance de la prohibición del Convenio de armas biológicas se define en el artículo 1° donde se incluyen todos los agentes microbianos y otros agentes biológicos o toxinas , así como sus sistemas vectores (con excepciones para fines médicos y defensivos en pequeñas cantidades).
Art 1°: Cada Estado parte en esta Convención se compromete a nunca desarrollar, producir, almacenar o lo contrario adquirir o conservar:
• (1) Microbianos u otros agentes biológicos o toxinas cualquiera que sea su origen o método de producción, de tipos y en cantidades que no tengan una justificación para la profilaxis, protección u otros fines pacíficos.
• (2) Armas, equipos o vectores diseñados para utilizar dichos agentes o toxinas con fines hostiles o en conflictos armados.
Enlaces externos
- Sitio web de la Convención sobre armas biológicas
- Sitio web no oficial sobre la Convención sobre armas biológicas y toxinas
- Texto del Tratado at the Center for a World in Balance
- Texto completo de la Convención sobre armas biológicas
- UN's Biological Weapons Convention webpage
- Failed establishment of an international Organisation for the Prohibition of Biological Weapons (OPBW)
- Russian Biological and Chemical Weapons, a useful page about non-state weapons transfers with a lot of information regarding the BWC's shortcomings.
- Enforcing non-proliferation: The European Union and the 2006 BTWC Review Conference, Chaillot Paper No. 93, November 2006, European Union Institute for Security Studies
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- Datos: Q803887